Accidentes Escolar Colectivo

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ofrece el seguro de Accidentes Escolares Colectivo que ampara a los estudiantes
por accidente y sus consecuencias los
365 días al año, las 24 horas al día.
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  • Muerte Natural o Por Cualquier Causa

    Al ocurrir el fallecimiento del Asegurado, la Compañía se obliga a pagar al Beneficiario designado por el Asegurado, la suma asegurada para el riesgo de muerte, estipulada en las Condiciones Particulares.

  • Doble Indemnización por Muerte Accidental

    Cuando la lesión corporal accidental cause la muerte del Asegurado dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes a la fecha del accidente, la Compañía se obliga a pagar al Beneficiario designado por el Asegurado, una cantidad adicional igual a la Suma Asegurada para el riesgo de Muerte por cualquier causa, la cual se estipula en las Condiciones Particulares, a la que deberán deducirse las cantidades que se hubieren abonado por Incapacidad Permanente.

  • Incapacidad Permanente

    A Consecuencia de Accidente. Si como consecuencia del accidente sufrido por el Asegurado, dentro de los ciento ochenta (180) días de ocurrido el mismo, éste quedara con una incapacidad de carácter permanente, la Compañía pagará al Asegurado o su tutor, según sea el caso, el porcentaje de la Suma Asegurada estipulada en las Condiciones Particulares, que corresponda según el grado de incapacidad permanente, en base a la TABLA DE INDEMNIZACIONES POR INCAPACIDAD PERMANENTE, sin exceder de la Suma Asegurada para esta cobertura.

  • Reembolso de Gastos Médicos

    A Consecuencia de Accidente. Si las lesiones sufridas por el Asegurado, a causa de un Accidente, requieren asistencia médica, la Compañía le reembolsará, según las tarifas razonables, usuales y acostumbradas en la localidad donde se otorga el servicio, los gastos de los honorarios médicos, exámenes auxiliares de diagnóstico (radiológicos y de laboratorio), gastos farmacéuticos, internamientos hospitalarios médicos o quirúrgicos, que fueren necesarios, dentro de los 365 días siguientes a la fecha del accidente. Todos los gastos aplicables, serán reembolsados mediante la presentación de los comprobantes autorizados por los médicos que los ordenaron, así como los resultados de los estudios requeridos y las facturas de pago de los mismos, sin exceder de la Suma Asegurada bajo esta cobertura, estipulada en las Condiciones Particulares.

Entre 2 años como mínimo y 23 años como máximo, siendo la cobertura suspendida al cumplir los 24 años.

Cabe recordar la impresión que tuvo Giovanni Papini al contemplar Nueva York desde lo alto del Empire State, por entonces el edificio más grande del mundo. Estaba el novelista asomado a un ventanal cuando Henry Ford le saludó. El industrial americano le preguntó qué hacía allí tan solo, a lo que el escritor le contestó que estaba admirando la ciudad y que le parecía mentira que los hombres hubieran sido capaces de construir algo tan grandioso. El magnate del automóvil se quedó un momento pensativo y le dijo que se equivocaba: “Esta ciudad no la han hecho los hombres. La han hecho los Seguros”

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