Colectivo de Vida

Se trata de un seguro de vida – riesgo anual renovable que garantiza una prestación en
forma de capital o de renta a los empleados
de una empresa en caso de fallecimiento o
invalidez en sus distintos grados, dando así
cumplimiento a un compromiso por
pensiones.
Se trata de un seguro de vida – riesgo anual renovable que garantiza una prestación en forma de capital o de renta a los empleados de una empresa en caso de fallecimiento o invalidez en sus distintos grados, dando así cumplimiento a un compromiso por pensiones.

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Los seguros colectivos de vida de MAPFRE permiten a su empresa cubrir el riesgo de fallecimiento o invalidez permanente de sus trabajadores, resolviendo la obligación adquirida a través de convenio colectivo o mejora social voluntaria. Dirigidos a trabajadores, miembros de Cooperativas y Asociaciones.

  • Muerte por Cualquier Causa

    Cubre la muerte por cualquier causa, la que puede ser natural o accidental, en los casos de muerte natural debe ser producida por una enfermedad que surja posterior a la fecha de inicio de la vigencia de la póliza.

  • Anticipación de Suma Asegurada

    En caso de Incapacidad Total y Permanente (BIAC). En el caso que la persona quedare incapacitada totalmente para laborar, la compañía entrega al asegurado en cinco anualidades la suma correspondiente al seguro básico.

  • Beneficio Adicional por Accidente [DIPM]

    La Compañía se compromete a pagar a los Beneficiarios del Asegurado que falleciere a consecuencia de un accidente, una suma igual a la que corresponde por el seguro Básico, y en caso de lesión accidental la suma que indica la Tabla de Indemnizaciones, si el Asegurado sufriere una de las lesiones contenidas en los Incisos del 3.2 al 3.13 (Tabla de Indemnización) ambos inclusive.

  • Suicidio

    Además, este seguro cubre íntegramente el suicidio conforme lo siguiente:

    • Si el grupo no es contributorio el suicidio está cubierto desde el mismo momento que inicia la póliza o la persona ingresa al grupo asegurado.
    • Si el grupo es contributorio deben transcurrir dos años a partir de la emisión del contrato o de la incorporación de la persona al grupo asegurado.

De 15 hasta los 70 años ambas edades incluidas para el Grupo Inicial, y de 15 años hasta los 65 años ambas edades incluidas para nuevos miembros que ingresen al grupo asegurado, en todo caso, la edad de finalización es a los 71 años.

En el caso de los beneficios adicionales (BIAC y DI) finalizan a los 66 años.

Cabe recordar la impresión que tuvo Giovanni Papini al contemplar Nueva York desde lo alto del Empire State, por entonces el edificio más grande del mundo. Estaba el novelista asomado a un ventanal cuando Henry Ford le saludó. El industrial americano le preguntó qué hacía allí tan solo, a lo que el escritor le contestó que estaba admirando la ciudad y que le parecía mentira que los hombres hubieran sido capaces de construir algo tan grandioso. El magnate del automóvil se quedó un momento pensativo y le dijo que se equivocaba: “Esta ciudad no la han hecho los hombres. La han hecho los Seguros”

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